Seguro de Accidentes Personales


Vigencia: Del 14.03.2008 al 14.03.2009

COBERTURAS

SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA

S/.

  • Muerte Accidental
4,000
  • Invalidez Permanente Total por Accidente, hasta
30,000
  • Invalidez Permanente Parcial por Accidente, hasta
30,000
  • Gastos de Curación por Accidente
Hasta S/. 24,000
    • 1ra. Capa, hasta S/. 12,000
    • 2da. Capa, hasta S/. 12,000 (limitado a que la Suma Asegurada de la primera capa haya sido consumida por una hospitalización cubierta por el seguro)
  • Gastos de Sepelio por Muerte Accidental
4,000

 

BENEFICIOS ADICIONALES POR PERSONA
(Incluidos en la Suma Asegurada de Gastos de Curación)

  • Exámenes Especiales o de Ayuda Diagnóstica, tales como pero no limitados a: Tomografías, Ecografías, Resonancias Magnéticas, Exámenes Computarizados, previa aprobación de la Compañía
100%
  • Cobertura de deportes NO profesionales tales como: Atletismo, Fútbol, bulbito, Béisbol, Básquetbol, Skate Board, Escalada en roca o palestra y Canotaje debidamente supervisada por personal capacitado y competente, Patinaje, Remo incluyendo cualquier otro deporte que forme parte de la Currícula del Centro Educativo, SIEMPRE que sea declarado antes del  inicio de la cobertura y previa aceptación por parte de la Compañía Aseguradora; al
100%
  • Cobertura como pasajero y/o conductor de cualquier medio habitual para el transporte público de personas, ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de empresas comerciales, no recorran itinerarios regulares y fijos, siempre y cuando se realice  a través de Empresas legalmente constituidas y con el permiso de operación de las Autoridades competentes; al 
100%
  • Cobertura por el uso como pasajero de aviones o helicópteros particulares o de la FAP, por viajes eventuales, siempre y cuando se realice a través de Empresas legalmente constituidas y con el permiso de operación de las Autoridades competentes; al
100%
  • Huelgas, Conmoción Civil, Daño malicioso, Vandalismo y Terrorismo, siempre que el  asegurado no participe activamente en tales actos.
100%
  • Terremoto y/o Temblor y/o Huaycos y/u otros Fenómenos de la Naturaleza.
100%
  • Gastos por segunda y tercera opinión médica, sólo en caso de requerir intervención quirúrgica por accidente y previa aprobación de la Compañía Aseguradora, al
100%

 

COBERTURA ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL O INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL POR ACCIDENTE DEL RESPONSABLE ECONOMICO DE LOS GASTOS DE EDUCACION DEL ALUMNO

  • Pago hasta dos (2) pensiones en caso de Hospitalización, a causa de Accidente, del responsable económico de los gastos de Educación del alumno, siempre que permanezca hospitalizado ininterrumpidamente por mas de treinta (30) días consecutivos, al
100%
  • Indemnización por Desamparo Súbito Familiar, entendiéndose como tal al fallecimiento de ambos padres en un mismo accidente, hasta
100%
  • Exoneración del pago de la prima correspondiente al Seguro de Accidentes Personales para estudiantes, hasta la culminación de sus estudios secundarios en el Centro Educativo siempre  y cuando la póliza se renueve en la misma aseguradora
100%

En el caso de TUTOR se deberá señalar específicamente y obligatoriamente el nombre del mismo al inicio del seguro, quedando en ese momento los padres excluidos de beneficio alguno.